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Comisión se apronta a despachar proyecto de ley integral de personas mayores


La Comisión de Personas Mayores y Discapacidad de la Cámara se encuentra ad-portas de concluir la votación en particular del proyecto de “Ley integral de las Personas Mayores y de Promoción del Envejecimiento Digno, Activo y Saludable”.

La propuesta (boletines refundidos 12451, 12452 y 13822) ingresó a tramitación en el 2019, por medio de textos originados en mociones de senadores. De ahí fue analizada y respaldada en su primer trámite constitucional, para luego ser derivada a la Cámara en segundo trámite.

El objetivo principal de la norma es promover el envejecimiento digno, activo y saludable de todas las personas. También proteger el pleno goce y ejercicio de todos los derechos y libertades de los adultos mayores. Esto, en condiciones de igualdad con las demás.

Lo anterior, con el fin de contribuir a su plena inclusión y participación en la sociedad.

En su paso por la Comisión de Personas Mayores el texto ha sufrido diversas modificaciones, a través de enmiendas presentadas por el grupo parlamentario y también por el Ejecutivo.

La diputada y presidenta de la instancia, Catalina Del Real (IND), se refirió a un punto que ha generado debate durante la votación del proyecto y que se relaciona con la idea de instaurar una Defensoría del Adulto Mayor. Esto, con el fin de resguardar los derechos de todas las personas mayores del país.

“Ahí tuvimos un cruce con el Ejecutivo, porque ellos querían que quien se encargara de este tema fuera el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y nosotros consideramos que es un organismo que está muy politizado, que tiene otro fin, y que no estaría a la altura para defender a nuestros adultos mayores”, sostuvo la parlamentaria.

Trámite y plazos

En cuanto a los plazos para concluir la votación, la diputada aseguró que esta podría ser despachada de la comisión en una próxima sesión. En relación al trámite posterior, añadió que esta será vista posteriormente por la Comisión de Hacienda y eventualmente podría ser analizada por la Comisión de Trabajo. Ello, previo a ser abordada por la Sala de la Cámara.

La diputada Camila Rojas (FA), en tanto, aseguró que en nuestro país falta una legislación referida a los derechos de las personas mayores. En ese plano, señaló que hay algunos elementos que han concitado mucho apoyo en la comisión, como lo es el referido al abandono social.

“Se ha mencionado lo importante que es que el Presidente de la República, Gabriel Boric, haya puesto énfasis en esto”, acotó la legisladora.

Por este y otros temas, la parlamentaria resaltó que la comisión se ha tomado el tiempo para revisar con conciencia y detención cada uno de los puntos del proyecto. El propósito es conseguir que esta ley sea suficientemente completa y de utilidad para todas las personas mayores en Chile.

Ley Integral de Personas Mayores

El texto legal establece como principios generales la promoción y defensa de los derechos humanos de las personas mayores. Las libertades fundamentales; su valorización como persona; y el rol que cumplen en la sociedad. También, su dignidad; independencia; protagonismo y autonomía. Así como la no discriminación y su participación e inclusión en la sociedad.

Por otro lado, establece la seguridad física, económica y social. El derecho a su autorrealización; el buen trato y la atención preferencial. El respeto y valorización de la diversidad cultural.

La propuesta también define conceptos relevantes para la comprensión y aplicación de las normas que se establecen, tales como: persona mayor, envejecimiento activo y saludable, cuidado integral y otros.

Asimismo, regula los derechos que se reconocen a las personas mayores, tales como: la igualdad y no discriminación por razones de edad en la vejez, además de la independencia y autonomía. También, el derecho a una vida libre de violencia y maltrato, entre otras.

El proyecto además regula las acciones que el Estado deberá ejecutar para la promoción del envejecimiento digno, el apoyo y cuidado integral de las personas mayores.

En ese contexto, dispone que es deber del Estado y de sus organismos promover un trato digno e igualitario a las personas mayores en el ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales.

Calidad de vida de las personas mayores

El proyecto de ley también determina las líneas de acción mínimas que el Estado deberá desarrollar, directamente o en coordinación. Esto, con el objeto de generar conocimiento y cambios permanentes que mejoren las condiciones y calidad de vida de las personas mayores.

Por otro lado, el texto dispone que el Presidente de la República, a propuesta del Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama), aprobada por el Comité Interministerial de Desarrollo Social y Familia para las Personas mayores, deberá dictar una Política Nacional de Envejecimiento.

Dicha política tendrá como principal propósito, a través de las acciones concretas que se propongan, la promoción de un envejecimiento digno, activo y saludable para toda la población y, en especial, la protección de los derechos y libertades fundamentales que se reconocen a las personas mayores en el proyecto de ley.

La iniciativa crea los Consejos Asesores Regionales de Personas Mayores, como organismos asesores del Senama, a través de las Direcciones Regionales. Estos estarán constituidos por los representantes legales de organizaciones de personas mayores y asesorarán en la ejecución de políticas y planes a nivel regional orientadas a este grupo de la población.

La propuesta legal regula el abandono social de una persona mayor, entendiendo por ello la situación que afecta a la persona mayor con dependencia que carece de redes de apoyo familiar o social y que, por la ausencia de ellas, no es posible identificar o un ofensor ni una forma de maltrato o violencia.

El proyecto también establece normas especiales respecto de los contratos de trabajo que celebren las personas mayores de 60 años con sus empleadores, debiendo las funciones que estos desempeñen ser compatibles con su condición física y sus capacidades, considerando los requerimientos de dichas funciones.


Fuente: Cámara de Diputadas y Diputados

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